[{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BlogPosting","@id":"https:\/\/wiki.edu.vn\/es\/wiki01\/2020\/08\/05\/partitocracia-wikipedia-la-enciclopedia-libre\/#BlogPosting","mainEntityOfPage":"https:\/\/wiki.edu.vn\/es\/wiki01\/2020\/08\/05\/partitocracia-wikipedia-la-enciclopedia-libre\/","headline":"Partitocracia – Wikipedia, la enciclopedia libre","name":"Partitocracia – Wikipedia, la enciclopedia libre","description":"Este art\u00edculo o secci\u00f3n necesita referencias que aparezcan en una publicaci\u00f3n acreditada. 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Congreso del Partido Socialista Obrero Espa\u00f1ol. En los congresos es donde se re\u00fanen los militantes para consensuar un programa. Un ejemplo de partitocracia, es que los partidos eligen el programa de gobierno, aunque despu\u00e9s se gobierne a todos con ellos.El t\u00e9rmino partidocracia o partitocracia es en pol\u00edtica, un neologismo utilizado para describir el fen\u00f3meno por el cual los “\u00f3rganos fundamentales del poder estatal” se convierten en “meros ejecutores de las decisiones adoptadas en la esfera de los partidos”.[1]\u200b Asimismo, la partitocracia ha sido descrita como “aquella forma de Estado en que las oligarqu\u00edas partidistas asumen la soberan\u00eda efectiva”, tal como lo enunci\u00f3 Gonzalo Fern\u00e1ndez de la Mora.[2]\u200b Su desarrollo suele venir aparejado con los sistemas parlamentarios. Para el creador de la popularmente conocida como Platajunta, Antonio Garc\u00eda-Trevijano Forte; la partidocracia se extendi\u00f3 en Europa tras la Segunda Guerra Mundial, como residuo de las corrientes totalitarias. Es un t\u00e9rmino que se utiliza para designar el sistema de gobierno en el cual, aunque te\u00f3ricamente se vive en una democracia representativa, los actores \u00fanicos del panorama pol\u00edtico son los grandes partidos pol\u00edticos. Por ejemplo, en Espa\u00f1a la Constituci\u00f3n recoge a los partidos pol\u00edticos como \u00fanicos efectores de la acci\u00f3n del Estado. Estos a base de un sistema democr\u00e1tico de turnismo se van pasando el gobierno de forma consecutiva, coartando las posibilidades de que los ciudadanos expresen su voluntad real m\u00e1s all\u00e1 de los partidos ya existentes. Partiendo de la base de que los partidos son un mal necesario, los ciudadanos se van apartando de ellos y buscan otros cauces para intervenir, lo que lleva a la creaci\u00f3n de los llamados “grupos de presi\u00f3n”. En muchas ocasiones tambi\u00e9n viene asociado a sistemas bipartidistas. Es frecuente en este sistema de partidos, descrito como olig\u00e1rquico, que la forma de sufragio sea la representaci\u00f3n proporcional (habitualmente mediante sufragio universal, pues la c\u00fapula o el l\u00edder del partido, que ostenta el poder ejecutivo, nombra a los candidatos al poder legislativo y de esta forma consigue de facto dominar a los diputados y, por ende, el poder de hacer las leyes y de hacerlas cumplir, v\u00e9ase Separaci\u00f3n de poderes\/ Montesquieu). Adem\u00e1s, en este tipo de sistemas de corte olig\u00e1rquico el poder legislativo (nombrado de forma proporcional a los esca\u00f1os obtenidos en las Cortes y por el secretario del partido, habitualmente candidato a la presidencia, es decir, a obtener el poder ejecutivo) suele ser el que nombra al poder ejecutivo.Al igual que en otros muchos campos de la actividad humana, en la pol\u00edtica, muchas veces las concepciones globalizantes corren el peligro de quedar atrapadas y subsumidas ante la necesidad de crear instrumentos que les permitan concretizarse en la historia, originando una reversi\u00f3n de prioridades, valores y pr\u00e1cticas. En estos casos el instrumento se apodera de la idea y se convierte en fin; y el gran objetivo pasa a ser simple medio o ret\u00f3rica vac\u00eda.La relaci\u00f3n entre democracia y partidos pol\u00edticos es un buen ejemplo de esta afirmaci\u00f3n. Baste recordar el papel que los partidos de corte leninista han jugado en el llamado \u201csocialismo real\u201d y c\u00f3mo la dominaci\u00f3n del partido se extendi\u00f3 al conjunto del Estado y de la sociedad misma, d\u00e1ndonos un ejemplo paradigm\u00e1tico de este proceso de inversi\u00f3n. De igual manera en las democracias consolidadas de forma liberal y representativa, el tema ocupa hoy un importante espacio en las discusiones te\u00f3ricas y pr\u00e1cticas. Nuestro punto de partida es, pues, afirmar que la relaci\u00f3n entre democracia y partidos pol\u00edticos es hist\u00f3ricamente problem\u00e1tica, ha estado y contin\u00faa estando plagada de malentendidos, contradicciones, opciones polares, negaciones, etc.La idea de democracia y sus iniciales puestas en pr\u00e1ctica, se ubican con anterioridad al aparecimiento de los partidos pol\u00edticos. Las primeras experiencias de reg\u00edmenes democr\u00e1ticos en la Grecia Antigua y a\u00fan en la Rep\u00fablica Romana poco ten\u00edan que ver con lo que hoy llamamos partidos pol\u00edticos. Sin embargo, en la democracia moderna, el concepto y pr\u00e1ctica del partido pol\u00edtico no solo aparece como pieza indispensable del aparataje pol\u00edtico sino que, con el desarrollo de los reg\u00edmenes democr\u00e1ticos, el papel de los partidos pol\u00edticos se ha ido volviendo de tal manera central que en algunas concepciones del Estado moderno llega a sustituir la caracterizaci\u00f3n del Estado como democr\u00e1tico, para convertirlo en \u201cEstado de partidos\u201d. La concepci\u00f3n del Estado democr\u00e1tico, tanto en su versi\u00f3n de democracia representativa, como de la directa, se asienta sobre una relaci\u00f3n bilateral entre ciudadanos y Estado. Tal y como la conocemos hoy, la naturaleza de la democracia estriba en la apropiaci\u00f3n por parte del pueblo del poder pol\u00edtico y de all\u00ed surge la necesidad de nombrar representantes para que, proviniendo de y a nombre del pueblo le administren su original poder. Sin embargo, en la pr\u00e1ctica hist\u00f3rica, esta relaci\u00f3n bilateral pasa a adquirir crecientemente un car\u00e1cter trilateral: ciudadano-partido pol\u00edtico-Estado, de tal manera que el ejercicio de la soberan\u00eda popular ya solo es posible mediante la mediaci\u00f3n de los partidos.En el dise\u00f1o de la democracia representativa, los partidos pol\u00edticos ocupan un lugar secundario e instrumental, siendo su principal funci\u00f3n la de constituirse como uno de los veh\u00edculos que facilitan al ciudadano-elector escoger a sus representantes; sin embargo, con el desarrollo de la democracia y la creciente complejidad de las sociedades modernas, este papel tiende a modificarse sustancialmente. Primeramente porque, ya sea de hecho o por ley, los partidos van apropi\u00e1ndose el monopolio de esa instrumentalidad y en la pr\u00e1ctica se convierten en el \u00fanico veh\u00edculo para acceder a la representaci\u00f3n del pueblo en los \u00f3rganos del Estado. En segundo lugar, porque los partidos prolongan en el tiempo su papel y de instrumentos del mecanismo electoral, pasan a asumir un creciente control sobre el ejercicio de la representaci\u00f3n popular, sometiendo a los representantes del pueblo a la disciplina partidaria. En la pr\u00e1ctica, la concepci\u00f3n del \u201cmandato libre\u201d tan cara no solo a los pioneros de la democracia, sino a muchos exponentes contempor\u00e1neos de la sociedad civil, ha quedado anulada.Y finalmente, los temas sustantivos del quehacer pol\u00edtico pasan a ser definidos, asumidos y resueltos por los partidos pol\u00edticos. Los \u00f3rganos del Estado como lugares del ejercicio de la representaci\u00f3n, tienden a vaciarse de contenido y el Parlamento queda redefinido para utilizar el dictum de Leibholz, como el lugar en el que \u201cse re\u00fanen comisionados de partidos vinculados a las decisiones de \u00e9ste, para dejar constancia de decisiones ya adoptadas en otros \u00e1mbitos (en comit\u00e9s y congresos de partido)\u201d. Es evidente que aqu\u00ed ya no se trata de un Estado democr\u00e1tico, sino de un Estado de partidos.La relevancia de esta discusi\u00f3n no puede escap\u00e1rsenos, pues con independencia de las reflexiones de los te\u00f3ricos alemanes, este es un tema que se debate en diversas partes del mundo, especialmente en las recientes y m\u00faltiples experiencias de democratizaci\u00f3n. Para citar nada m\u00e1s uno: la Corte Suprema de Justicia de Sri Lanka en recientes fallos, ha introducido la distinci\u00f3n entre democracia representativa y democracia de partidos, sosteniendo que seg\u00fan la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del pa\u00eds, el r\u00e9gimen es de democracia de partidos y no de democracia representativa pues la Ley Fundamental reconoce a los partidos la facultad de sustituir a aquellos miembros del Parlamento que habiendo sido elegidos en la lista del partido, no acatan la disciplina de voto; en otras palabras, al ubicar al partido por encima de la voluntad de los electores, se privilegia, en el ejercicio de la democracia, el papel del partido por encima del mecanismo de representaci\u00f3n y en consecuencia, lo que define al r\u00e9gimen pol\u00edtico no es esta \u00faltima sino el poder del partido.El concepto de partidocracia es muy poco usado por la literatura acad\u00e9mica de ciencias pol\u00edticas. En la literatura en ingl\u00e9s no encontramos uno equivalente al que ocupamos en castellano. Algunos te\u00f3ricos alemanes han acu\u00f1ado el t\u00e9rmino de \u201cParteienstaat\u201d o \u201cEstado de Partidos\u201d que no puede asimilarse al de partidocracia, aun cuando tengan evidentes connotaciones comunes. Alg\u00fan autor, concretamente Michael Coppedge ha intentado acu\u00f1ar la expresi\u00f3n \u201cPartyarchy\u201d deriv\u00e1ndola de la concepci\u00f3n de poliarqu\u00edas de Robert Dahl, para caracterizar el fen\u00f3meno que estamos analizando.Por el contrario, en el lenguaje period\u00edstico y en las discusiones de pol\u00edticos y comentaristas, especialmente en el mundo de habla hispana e italiana, el concepto tiene amplia circulaci\u00f3n: en italiano y partidocracia o partitocracia en castellano son vocablos de uso creciente en el lenguaje pol\u00edtico, por lo general con una connotaci\u00f3n depreciativa y aludiendo a un estado de \u201cenfermedad\u201d del r\u00e9gimen democr\u00e1tico; en esto estriba una de las diferencias fundamentales con la concepci\u00f3n del Estado de partidos, pues para estos se trata de la evoluci\u00f3n del Estado moderno mientras que en el caso de partidocracia se usa para se\u00f1alar una deformaci\u00f3n de la democracia. El concepto surge en el contexto de la discusi\u00f3n de las relaciones entre sociedad civil y sociedad pol\u00edtica y alude a una abusiva apropiaci\u00f3n de espacios pol\u00edticos por parte de los partidos pol\u00edticos en una determinada sociedad.En los reg\u00edmenes de partido \u00fanico, sean estos de corte socialista o simplemente autoritario, la preeminencia que el partido adquiere en la vida pol\u00edtica es indiscutible y, como ya lo previ\u00f3 Rosa Luxemburgo en la famosa discusi\u00f3n que sostuvo con Lenin sobre el papel del partido, la predominancia absoluta que los bolcheviques acordaron al papel del partido en la conducci\u00f3n del Estado y la sociedad, llevar\u00eda inevitablemente a la muerte de la democracia socialista y a la \u201cbrutalizaci\u00f3n de la vida p\u00fablica\u201d. La cr\u00edtica de Luxemburgo es una posible explicaci\u00f3n de lo que sucedi\u00f3 en la URSS y en el resto del \u201ccampo socialista\u201d con el ascenso de Stalin al control del partido. Sin embargo, la literatura pol\u00edtica al analizar este fen\u00f3meno no lo caracteriza como partidocracia, sino simplemente como dictadura, autoritarismo o, en algunos autores, de partidolatr\u00eda y el \u00e9nfasis se ha puesto en la concepci\u00f3n verticalista del ejercicio del poder y en su car\u00e1cter represivo, m\u00e1s que en la abusiva extensi\u00f3n del papel del partido. La discusi\u00f3n sobre partidocracia no est\u00e1 asociada a los reg\u00edmenes de partido \u00fanico, por m\u00e1s que ellos expresan el problema en forma paradigm\u00e1tica.La discusi\u00f3n contempor\u00e1nea se circunscribe al an\u00e1lisis de los reg\u00edmenes democr\u00e1ticos, que cuentan con pluralidad de partidos, en los que las libertades p\u00fablicas fundamentales tienen vigencia as\u00ed como la separaci\u00f3n de \u00f3rganos del Estado. Es decir, donde la sociedad civil tiene posibilidades de constituirse en su multiplicidad y actuar, planteando as\u00ed la disputa de espacios con los partidos pol\u00edticos; no es pues, arbitrario, que el uso de partidocracia en su forma depreciativa provenga principalmente de las organizaciones de la sociedad civil.Una concepci\u00f3n distinta de partidocracia es aquella que la ubica no como evoluci\u00f3n del estado moderno ni como degeneraci\u00f3n de la democracia, sino como un r\u00e9gimen o sistema de gobierno distinto. Teniendo como fundamento de valoraci\u00f3n el consenso, la participaci\u00f3n y el debate p\u00fablicos, en la tipolog\u00eda de las formas de gobierno encontramos la autocracia, la democracia y la partidocracia. En esta clasificaci\u00f3n, la autocracia se caracteriza por la falta absoluta de consenso, debate y participaci\u00f3n p\u00fablica, las decisiones de gobierno se imponen a trav\u00e9s de la autoridad superior del gobernante. La democracia, por su parte, la encontramos caracterizada por un consenso de los gobernados basado en la participaci\u00f3n y el debate p\u00fablico, por lo que las decisiones obligatorias de car\u00e1cter general son tomadas bajo formas de participaci\u00f3n consensuadas por el cuerpo electoral que se compone de ciudadanos. Por lo que hace a la Partidocracia como forma de gobierno, a diferencia de la Autocracia, se caracteriza por la existencia del consenso, la deliberaci\u00f3n y la participaci\u00f3n, pero se distingue de la Democracia, en que el consenso es tomado por los menos en lugar de los m\u00e1s, el debate es privado en lugar de p\u00fablico y la participaci\u00f3n aunque general, es conducida cuando no inducida, por los que consens\u00faan. En la Partidocracia se dejan en manos del cuerpo electoral ciudadano, la elecci\u00f3n, discusi\u00f3n, participaci\u00f3n y consenso alrededor de temas y opciones determinadas por las \u00e9lites o dirigencias de los partidos pol\u00edticos. En la Partidocracia como forma de gobierno no hay espacio para operadores pol\u00edticos fuera de las c\u00fapulas partidistas. En \u00e9sta tipolog\u00eda, la Democracia y la Autocracia son los tipos extremos, pero no son absolutos; entre ambos y con ambos, coexiste el tipo de gobierno Partidocr\u00e1tico, que resulta de la toma de acuerdos por los menos, algo que en la antig\u00fcedad hubiera podido ser identificado como oligarqu\u00eda. En el gobierno Partidocr\u00e1tico, los acuerdos se toman entre las c\u00fapulas dirigentes de los partidos pol\u00edticos, existe, ciertamente, participaci\u00f3n del colectivo mediante procesos electorales, pero los temas a debatir son impuestos y resueltos desde y por los partidos, ello mediante el consenso pol\u00edtico fraguados entre las propias \u00e9lites partidistas.Table of ContentsCaracter\u00edsticas[editar]Monopolio de nominaciones[editar]Control sobre los representantes electos[editar]V\u00e9ase tambi\u00e9n[editar]Referencias[editar]Enlaces externos[editar]Caracter\u00edsticas[editar]Antonio Garc\u00eda-Trevijano describe las caracter\u00edsticas de la partidocracia desde el punto de vista formal en los siguientes t\u00e9rminos:\u201cEn las Constituciones del Estado de Partidos no hay un solo concepto que responda a la realidad. La soberan\u00eda no est\u00e1 en la Naci\u00f3n, el Parlamento o el Pueblo, sino en el Estado. La representaci\u00f3n pol\u00edtica de la sociedad no existe en el sistema de elecci\u00f3n proporcional. Por fidelidad de partido, la reacci\u00f3n anticipada del elector es imposible. No hay separaci\u00f3n entre poder legislativo y ejecutivo, ni existe poder judicial independiente. De hecho, se ha suprimido el debate parlamentario previo a la aprobaci\u00f3n de las leyes. Ha desaparecido la responsabilidad pol\u00edtica no vinculada a la judicial. No hay control del gobierno en comisiones parlamentarias con mayor\u00eda del partido gobernante. No existe libertad de voto del diputado bajo mandato imperativo de su partido. La iniciativa legislativa est\u00e1 en manos de grandes empresas privadas. No hay lealtad al p\u00fablico en el funcionariado, ni garant\u00eda institucional de la financiaci\u00f3n de los derechos sociales. \u226aTeor\u00eda pura de la Rep\u00fablica\u226b, Ed. El buey mudo, 2010Se pueden definir cuatro caracter\u00edsticas de este fen\u00f3meno.Monopolio de nominaciones[editar]Proviene de la exclusividad, tanto de facto como legalmente, de las nominaciones para cargos de elecci\u00f3n popular. La electividad para cargos por votaci\u00f3n popular en estos casos es considerada como una potestad exclusiva de los partidos pol\u00edticos, siendo un terreno acotado adjudicado a los partidos por el Estado. Esto condiciona la posibilidad de excluir a los ciudadanos del derecho a ser electos, dotando a los partidos de un enorme poder, y dando a los partidos la garant\u00eda de conservar sus propios intereses postulando para los cargos p\u00fablicos a personas afines a sus objetivos en todo caso, sin ser la futura amenaza que ser\u00eda que ellos mismos adquirieran el poder mediante el voto popular.A todo lo mencionado, hay que a\u00f1adir que en algunos pa\u00edses el sistema de voto es de voto por partido y no por candidato, por lo que el elector \u00fanicamente puede optar por el partido y sus candidatos ya elegidos en su lista, y no puede optar por elegir determinados candidatos dentro de los propuestos por el partido seg\u00fan la preferencia que tenga por estos, como se har\u00eda en un sistema de listas abiertas. De este modo lo que se consigue es que el elector no opte por personas, por candidatos individuales, sino por partidos concretos, lo que refuerza el monopolio de nominaciones por parte de estos, sin garant\u00edas de los motivos o m\u00e9ritos de los candidatos para ser electos en representaci\u00f3n de los ciudadanos.Un ejemplo de esta situaci\u00f3n es el de El Salvador, donde la Constituci\u00f3n de 1983, y el de M\u00e9xico, donde las \u00daltimas Reformas a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de 1917, consagran expl\u00edcitamente el monopolio partidario de la representaci\u00f3n popular:\u201cEl sistema pol\u00edtico es pluralista y se expresa por medio de los partidos pol\u00edticos, que son el \u00fanico instrumento para el ejercicio de la representaci\u00f3n del pueblo dentro del gobierno\u201d.Art. 85 inciso 2\u00ba. Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica de El Salvador de 1983La disposici\u00f3n en cuesti\u00f3n tiene una trascendencia a\u00fan mayor, pues se encuentra ubicada en el \u00fanico t\u00edtulo de la Constituci\u00f3n salvadore\u00f1a que, seg\u00fan el Art. 248 inciso \u00faltimo de la misma, no puede reformarse.En M\u00e9xico:Art\u00edculo 116. El poder p\u00fablico de los estados se dividir\u00e1, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podr\u00e1n reunirse dos o m\u00e1s de estos poderes en una sola persona o corporaci\u00f3n, ni depositarse el legislativo en un solo individuo.}IV. Las Constituciones y leyes de los Estados en materia electoral garantizar\u00e1n que:e) Los partidos pol\u00edticos s\u00f3lo se constituyan por ciudadanos sin intervenci\u00f3n de organizaciones gremiales, o con objeto social diferente y sin que haya afiliaci\u00f3n corporativa. Asimismo tengan reconocido el derecho exclusivo para solicitar el registro de candidatos a cargos de elecci\u00f3n popular, con excepci\u00f3n de lo dispuesto en el art\u00edculo 2o., apartado A, fracciones III y VII, de esta Constituci\u00f3n;Curiosamente en la Constituci\u00f3n de M\u00e9xico se puede leer:Art\u00edculo 35. Son prerrogativas del ciudadano:I. Votar en las elecciones populares;II. Poder ser votado para todos los cargos de elecci\u00f3n popular, y nombrado para cualquier otro empleoo comisi\u00f3n, teniendo las calidades que establezca la ley;III. Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pac\u00edfica en los asuntos pol\u00edticos delpa\u00eds;Por el contrario, otras Constituciones garantizan en la teor\u00eda el impedimento de estas situaciones, como la Constituci\u00f3n espa\u00f1ola de 1978:“Son electores y elegibles todos los espa\u00f1oles que est\u00e9n en pleno uso de sus derechos pol\u00edticos.”Art\u00edculo 68. 5.Por el contrario, otros muchos pa\u00edses permiten, sobre todo a nivel municipal, la presentaci\u00f3n de candidaturas mediante la constituci\u00f3n de comit\u00e9s c\u00edvicos, sin necesidad de provenir de los partidos pol\u00edticos. Este correctivo, en principio saludable, a la tendencia de los partidos de monopolizar la accesibilidad a un cargo p\u00fablico electo, en muchos casos no es concluyente. Por ejemplo, en algunos pa\u00edses estos comit\u00e9s c\u00edvicos municipales se acaban transformando en simples extensiones de los partidos con otro nombre; en otros casos, como se dio en Mozambique en 1988, los grandes partidos (FRELIMO y FRENAMO), ante el peligro de perder el control sobre la administraci\u00f3n del poder mediante este m\u00e9todo, acabaron por modificar la Ley Electoral para conferirse el monopolio legal sobre la postulaci\u00f3n de candidatos. Este hecho se debi\u00f3 a que despu\u00e9s de las elecciones municipales de junio de 1988 en dicho pa\u00eds, en las que participaron diversos Comit\u00e9s no partidarios, los movimientos c\u00edvicos iniciaron un proceso de confederaci\u00f3n para participar en las elecciones legislativas del a\u00f1o siguiente.Control sobre los representantes electos[editar]Otra caracter\u00edstica que indica el nivel de partitocracia de un r\u00e9gimen pol\u00edtico es el nivel de disciplina interna dentro de los partidos.Muchas Constituciones garantizan te\u00f3ricamente la independencia de los legisladores electos, siguiendo la teor\u00eda cl\u00e1sica del mandato libre; pero en la pr\u00e1ctica la actividad de los cargos electos se ve muy condicionada por la posici\u00f3n de su partido. Esto muchas veces es debido a la complejidad y diversidad de los temas sobre los cuales tiene que dirimir el electo y sobre los cuales tiene que emitir un voto, haciendo que los parlamentarios se agrupen en facciones o grupos legislativos para garantizar la eficiencia de una postura concreta frente a estos asuntos. Estas agrupaciones, casi invariablemente, suelen seguir una base partidaria, y este efecto es reforzado por el hecho de que los cargos electos hablen en “nombre del partido”.Estos factores llevan a que le control del partido sobre temas legislativos o de gobierno sea muy fuerte. De este modo los cargos electos (tanto parlamentarios y diputados como los concejales) deben seguir la disciplina de partido, una l\u00ednea ya marcada por el partido no solo en los asuntos planteados por el partido en su programa electoral durante la consiguiente campa\u00f1a previa a las elecciones, sino pr\u00e1cticamente en todas las decisiones que se deban tomar en el \u00f3rgano Legislativo. De este modo se impone a los cargos electos la obligaci\u00f3n de acatar las decisiones de su partido, del partido al cual representa en su cargo p\u00fablico, pudiendo \u00fanica y excepcionalmente votar seg\u00fan su conciencia y su libre opini\u00f3n en contadas ocasiones, muchas veces rompiendo la disciplina de partido de este modo.Un extremo de este comportamiento son los sistemas legislativos en los que los diputados o cargos p\u00fablicos son expulsados no solo de su partido, sino tambi\u00e9n de la C\u00e1mara en cuesti\u00f3n, si deciden romper la l\u00ednea marcada por el partido. Varios ejemplos de este comportamiento ser\u00eda la Rep\u00fablica de Panam\u00e1 en Am\u00e9rica, y tambi\u00e9n varios pa\u00edses del Sudeste Asi\u00e1tico y de \u00c1frica, en los que en grado de control de los partidos sobre los cargos electos permite anular la voluntad individual de los electos, y por lo tanto de los electores que les llevaron a ese cargo. En la India se da un caso intermedio: si un parlamentario se rebela contra el partido, es despojado de su curul, pero si se trata de un grupo de diputados estos pueden conservar sus asientos como una fracci\u00f3n legislativa independiente del partido que los postul\u00f3.V\u00e9ase tambi\u00e9n[editar]Referencias[editar]\u2191 Silva Bascu\u00f1\u00e1n, A. (1997) Tratado de derecho constitucional, (II), Santiago de Chile, Editorial Jur\u00eddica de Chile.\u2191 Calero, 1982, p.54 Calero, Antonio Ma. (1982). Partidos pol\u00edticos y democracia. Barcelona: Salvat Editores S.A. ISBN\u00a084-345-7971-5.\u00a0(Von Beyme, 1995)(Coppedge, 1994)Enlaces externos[editar]"},{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BreadcrumbList","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"item":{"@id":"https:\/\/wiki.edu.vn\/es\/wiki01\/#breadcrumbitem","name":"Enzyklop\u00e4die"}},{"@type":"ListItem","position":2,"item":{"@id":"https:\/\/wiki.edu.vn\/es\/wiki01\/2020\/08\/05\/partitocracia-wikipedia-la-enciclopedia-libre\/#breadcrumbitem","name":"Partitocracia – Wikipedia, la enciclopedia libre"}}]}]