[{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BlogPosting","@id":"https:\/\/wiki.edu.vn\/es\/wiki01\/2021\/03\/31\/ayuntamiento-de-san-juan-tenochtitlan\/#BlogPosting","mainEntityOfPage":"https:\/\/wiki.edu.vn\/es\/wiki01\/2021\/03\/31\/ayuntamiento-de-san-juan-tenochtitlan\/","headline":"Ayuntamiento de San Juan Tenochtitlan","name":"Ayuntamiento de San Juan Tenochtitlan","description":"El Ayuntamiento de San Juan Tenochtitlan fue el ente jur\u00eddico administrativo que gobern\u00f3 a la rep\u00fablica de indios de San","datePublished":"2021-03-31","dateModified":"2023-02-25","author":{"@type":"Person","@id":"https:\/\/wiki.edu.vn\/es\/wiki01\/author\/lordneo\/#Person","name":"lordneo","url":"https:\/\/wiki.edu.vn\/es\/wiki01\/author\/lordneo\/","image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/c9645c498c9701c88b89b8537773dd7c?s=96&d=mm&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/c9645c498c9701c88b89b8537773dd7c?s=96&d=mm&r=g","height":96,"width":96}},"publisher":{"@type":"Organization","name":"Enzyklop\u00e4die","logo":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/wiki.edu.vn\/wiki4\/wp-content\/uploads\/2023\/08\/download.jpg","url":"https:\/\/wiki.edu.vn\/wiki4\/wp-content\/uploads\/2023\/08\/download.jpg","width":600,"height":60}},"image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/wiki.edu.vn\/wiki4\/wp-content\/uploads\/2023\/08\/download.jpg","url":"https:\/\/wiki.edu.vn\/wiki4\/wp-content\/uploads\/2023\/08\/download.jpg","width":100,"height":100},"url":"https:\/\/wiki.edu.vn\/es\/wiki01\/2021\/03\/31\/ayuntamiento-de-san-juan-tenochtitlan\/","wordCount":3483,"articleBody":"El Ayuntamiento de San Juan Tenochtitlan fue el ente jur\u00eddico administrativo que gobern\u00f3 a la rep\u00fablica de indios de San Juan Tenochtitlan, que fuera dentro de la ciudad novohispana de M\u00e9xico junto a Santiago Tlateloco, una de las zonas exclusivas para la habitaci\u00f3n de los ind\u00edgenas en la ciudad, sobre todo al principio de ind\u00edgenas aliados a los espa\u00f1oles en la conquista del Imperio Mexica.[1]\u200b Este ayuntamiento funcion\u00f3 desde 1538 hasta la aplicaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n de C\u00e1diz de 1812, aunque a inicios del siglo XVII muchas de sus funciones eran ya realizadas el Ayuntamiento de M\u00e9xico.[1]\u200bEl cabildo del ayuntamiento consist\u00eda en un Gobernador, un n\u00famero variable de alcaldes y regidores, adem\u00e1s de un indeterminado n\u00famero de funcionarios menores, administrativamente depend\u00eda en varias cosas del Ayuntamiento de M\u00e9xico como fue la construcci\u00f3n y suministro de agua por el Acueducto de Chapultepec.[1]\u200bPoco despu\u00e9s de la conquista del Imperio Mexica por Hern\u00e1n Cort\u00e9s, la monarqu\u00eda espa\u00f1ola trato de proteger los intereses espa\u00f1oles en las nuevas tierras y de paso proteger los intereses de los indios aliados, es as\u00ed como establece una serie de reglas destinadas a regular la vida de los ind\u00edgenas americanos, en 1530 el rey espa\u00f1ol Carlos V manda una carta a la Audiencia de M\u00e9xico donde solicita organizar a los ind\u00edgenas en gobiernos semejantes a los espa\u00f1oles, con un gobernador y un alguacil, como en Espa\u00f1a, pero estos normalmente ya ten\u00edan un gobierno bien establecido y solo se les castellanizo el nombre, es as\u00ed como se les deja de nombrar Tlatoani a los gobernadores y reciben el nombre de Cacique y Gobernador, es solo hasta 1549 cuando por C\u00e9dula Real se obliga a la organizaci\u00f3n de las Rep\u00fablicas de Indios.[1]\u200b Entre ambas misivas, ya se hab\u00edan formado varias rep\u00fablicas, tomando como base los antiguos gobiernos ind\u00edgenas, pero tratando de darles una forma espa\u00f1ola basada en el municipio, en el caso del valle de M\u00e9xico los espa\u00f1oles organizaron varias rep\u00fablicas entre estas tenemos la de Iztapalapa, Tlalpan, Coyoac\u00e1n, Azcapotzalco, Texcoco y en la ciudad que normalmente se conoce como M\u00e9xico, se dividi\u00f3 en tres rep\u00fablicas, una totalmente espa\u00f1ola conocida com\u00fanmente como la Traza y dos ind\u00edgenas una en la antigua M\u00e9xico-Tlatelolco y la otra en M\u00e9xico-Tenochtitlan la cual recibi\u00f3 el Nombre de San Juan Tenochtitlan.[1]\u200b[2]\u200b[3]\u200b Esta rep\u00fablica en un principio fue gobernada por nobles ind\u00edgenas, sobre todo de pueblos aliados a los espa\u00f1oles, mientras la ciudad de Santiago Tlatelolco era gobernada por nobles ind\u00edgenas Mexicas, por ejemplo el mismo Huey Tlatoani Cuauht\u00e9moc.[2]\u200bDe acuerdo a las reglas la Rep\u00fablica de Indios deb\u00eda ser gobernada solo por ind\u00edgenas, los cuales dividir\u00edan su territorio en zonas gobernadas por una parroquia, los que a su vez estar\u00edan divididos en barrios o campan, que fueron Santa Mar\u00eda Cuepopan, San Sebasti\u00e1n Atzacualco, San Juan Moyotla (donde resid\u00edan el gobernador y cabildo y San Pablo Teopan. Esta regla de gobierno no siempre se mantuvo en San Juan Tenochtitl\u00e1n ya que el cabildo espa\u00f1ol del Ayuntamiento de M\u00e9xico por medio del veto que ten\u00eda el Virrey puso en muchos casos imponer como gobernantes a espa\u00f1oles y mestizos, por el mismo poder las funciones del ayuntamiento terminaron por ser del Ayuntamiento de M\u00e9xico por lo que a partir de la segunda mitad del siglo XVII, este cabildo no ten\u00eda ning\u00fan poder real, siendo solo un ap\u00e9ndice del Ayuntamiento de M\u00e9xico.[2]\u200bEn forma contraria el Ayuntamiento de Santiago Tlatelolco ten\u00eda influencia sobre el Ayuntamiento de M\u00e9xico y el mismo Virrey, al haber aportado o prestado en muchas ocasiones, dinero a estos.[1]\u200bEs as\u00ed como al aplicarse primero las reglas para la Reestructuraci\u00f3n de reino de 1768 y luego la jura y aplicaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n de C\u00e1diz de 1812, este municipio deja de existir formalmente, integr\u00e1ndose del todo al ayuntamiento de la ciudad de M\u00e9xico, de la cual para muchos nunca fue un ente separado.[1]\u200b Table of ContentsFuncionamiento[editar]Alcaldes y Regidores[editar]Funcionarios menores[editar]Alguaciles[editar]Mayordomos[editar]Escribanos[editar]Mandones[editar]Referencias[editar]Bibliograf\u00eda[editar]V\u00e9ase tambi\u00e9n[editar]Funcionamiento[editar]El Ayuntamiento se integraba por:[2]\u200bUn Gobernador.AlcaldesS\u00edndicosRegidoresY funcionarios menores como.Alguaciles.Mayordomos.Escribanos.Mandones.Inicialmente al gobernador de San Juan Tenochtitlan le fue dado por los mismos espa\u00f1oles el t\u00edtulo tradicional de Tlatoani, aunque este r\u00e1pidamente fue cambiado por el m\u00e1s espa\u00f1ol de Cacique y Gobernador, este termin\u00f3 con el tiempo fue modific\u00e1ndose y se les llam\u00f3 Se\u00f1or y Gobernador, Juez y Gobernador y al final y de forma m\u00e1s com\u00fan Gobernador. Estos gobernadores fueron en su mayor\u00eda ind\u00edgenas, al principio eran nobles ind\u00edgenas que tomaban al bautizarse nombres espa\u00f1oles.[4]\u200bEl gobernador era elegido cada a\u00f1o, normalmente en noviembre y tomaba el mando el primero de enero siguiente, duraba en el puesto un a\u00f1o, pero desde el inicio se reeligieron por varios periodos, este nombramiento deb\u00eda recaer en una persona solvente, ind\u00edgena y preparada, era electo por votaci\u00f3n indirecta, de los electores no est\u00e1 claro como eran elegidos, ya que su n\u00famero var\u00eda de elecci\u00f3n a elecci\u00f3n, aunque varios de los gobernantes antes fueron electores, al entrar en funciones nombraba bajo su responsabilidad a una serie de funcionaros, entre estos regidores, s\u00edndicos, etc. Su nombramiento no era directo ya que deb\u00eda pasar por el visto bueno del Virrey, quien en muchas ocasiones oblig\u00f3 a elegir a alguien que no era ind\u00edgena.[4]\u200bSus funciones eran b\u00e1sicamente ejecutivas, y se basaban en recolectar impuestos, mantener el orden en la rep\u00fablica, obligar a la asistencia y apoyo de las fiestas y celebraciones religiosas, para el aspecto legislativo se apoyaba en las leyes que emit\u00eda el Virrey y la Audiencia de M\u00e9xico, en el aspecto judicial ten\u00eda a su cargo la c\u00e1rcel, por medio de un Alguacil, para juzgar las causas ten\u00eda que recurrir al Juzgado General de Indios. Al t\u00e9rmino de su gobierno este deb\u00eda dar cuenta de sus actos y se le somet\u00eda a un Juicio de Residencia.[4]\u200bSe sabe que en 1564, el gobernador recib\u00eda un sueldo anual de 400 pesos, aunque no siempre cobraba puntualmente.[5]\u200bAlgunos de los gobernadores de San Juan Tenochtitlan fueron:[6]\u200bCuauht\u00e9moc (1520-1525)Juan Vel\u00e1zquez Tlacotzin (1525)Andr\u00e9s de Tapia Motelchiuhtzin (1526\u20131531)Pablo Xochiquentzin (1532\u20131536)Diego de Alvarado Huanitzin (1538\u20131541)Diego de San Francisco Tehuetzquititzin (1541\u20131554)Esteban de Guzm\u00e1n (1554\u20131557) \u2014 juez de residencia antes gobern\u00f3 Xochimilco.Crist\u00f3bal de Guzm\u00e1n Cecepatic (1557\u20131562)Luis de Santa Mar\u00eda Cipac (1563\u20131565) \u00faltimo del linaje de Ahuitzol.Francisco Jim\u00e9nez (1568\u20131569)Antonio Valeriano El Viejo (1573\u20131599)Melchor de Mendoza (1593) Juez Gobernador.Ger\u00f3nimo L\u00f3pez (1599\u20131608)Juan Bautista (1609)Juan P\u00e9rez de Monterrey (1610\u20131614)Francisco Bautista Valeriano (1616-1618)Jer\u00f3nimo de Le\u00f3n (1619)Antonio Valeriano \u201cEl Joven\u201d (1620-1621)Diego Carrillo (1622-1628)Juan de Le\u00f3n (1629-1633)Crist\u00f3bal Pascual (1634-1639)Mart\u00edn Gonz\u00e1lez (1640\u20131647)Manuel de Tapia Moctezuma (1648\u20131653) Conde de Moctezuma, Espa\u00f1ol de origen.Diego de la Cruz (1654) Nombrado por el VirreyJuan de Aguilar (1654) Muere el mismo a\u00f1o.Juan de Velasco (1654) Nombrado para terminar el a\u00f1o.Diego de la Cruz Villanueva (1655\u20131656)Marcos de la Cruz (1657), posiblemente destituido.Pedro Bernal (1657\u20131658)Francisco Ben\u00edtez Ynga (1659)Francisco Ben\u00edtez (1660-1664)Lorenzo de Santiago (1665\u20131666)Felipe de Aguilera (1667\u20131668)Felipe de Aguilar (1669\u20131674)Mateo Salvador (1675)Juan de Aguilar (1675)Juan Bautista Valeriano (1676)Gregorio de los Reyes (1677)Juan de Xara (1678-1681)Mat\u00edas de los \u00c1ngeles (1682)Bernardino Antonio de la Cruz (1684)Mat\u00edas de la Cruz (1685)Jos\u00e9 de la Cruz (1686)Bernardino Antonio de la Cruz (1687)Mat\u00edas de los \u00c1ngeles (1688)Bernardino Antonio de la Cruz (1688)Alcaldes y Regidores[editar]Los alcaldes y regidores eran nombrados por el gobernador, aunque en su mayor\u00eda eran prominentes en el Campa \u201co barrio mayor\u201d donde trabajaban, al inicio solo se nombraban dos alcaldes por Campa, pero luego de 1600 exist\u00edan cuatro de ellos uno en cada Campa, San Pablo Teopan, San Juan Moyotlan, San Sebasti\u00e1n Atzaqualco y Santa Mar\u00eda la Redonda Cuepopan, aunque esto no fue suficiente y en 1610 ya hab\u00eda ocho dos por Campa, los Alcaldes se distingu\u00edan de los regidores en que su funci\u00f3n era b\u00e1sicamente judicial, mientras un Regidor ten\u00eda a su cargo funciones administrativas y su n\u00famero variaba mucho ya que deb\u00edan atender diferentes ocupaciones, no siempre permanentes, como era el caso de las fiestas patronales de cada parroquia o la construcci\u00f3n del Acueducto de Chapultepec.[4]\u200bEn 1564, los alcaldes recib\u00edan un sueldo de 50 pesos y los Regidores un sueldo de 20 pesos.[7]\u200bLista de alcaldes entre 1555 y 1568, lo que muestra comparado con la lista de gobernadores como era m\u00e1s f\u00e1cil la reelecci\u00f3n de un gobernador y como de estos proven\u00edan del cargo de alcaldes o regidores, por ejemplo el caso de Crist\u00f3bal de Guzm\u00e1n Cecetzin.A\u00f1o1.er Alcalde2o Alcalde1555Alonso de San Miguel (San Pablo)Miguel D\u00edaz (San Juan)1556Miguel S\u00e1nchez Yscatl (San Sebasti\u00e1n)Crist\u00f3bal de Guzm\u00e1n Cecetzin (Santa Mar\u00eda)1557Tom\u00e1s de Aquino Yspopulac (San Pablo)Luis de Santa Mar\u00eda Nanacacipactzin (San Juan)1558Mart\u00edn Cano (San Sebasti\u00e1n)Pedro de la Cruz Tlapaltecatl (Santa Mar\u00eda)1559Pedro Garc\u00eda Tenylotl (San Pablo)Lucas Cort\u00e9s Tenamaz (San Juan)1560Miguel S\u00e1nchez Yscatl (San Sebasti\u00e1n)Melchior D\u00edaz Suchipepena (Santa Mar\u00eda)1561Luis de Paz Huehuezaca (San Pablo)Toribio V\u00e1squez Tlacuscalcal (San Juan)1562Mart\u00edn Cano (San Sebasti\u00e1n)Pedro de la Cruz Tlapaltecatl (Santa Mar\u00eda)1563Tom\u00e1s de Aquino Yspopulac (San Pablo)Lucas Cort\u00e9s Tenamaz (San Juan)1564Mart\u00edn de San Juan Ezmalin (San Sebasti\u00e1n)Antonio de Santa Mar\u00eda Mexicaytoa (Santa Mar\u00eda)1565Pedro Dionisio (San Pablo)Toribio V\u00e1squez Tlacuscalcal (San Juan)1566Miguel S\u00e1nchez Yscatl (San Sebasti\u00e1n)Francisco Xu\u00e1rez (Santa Mar\u00eda)1567Luis de Paz Huehuezaca (San Pablo)Mart\u00edn Hern\u00e1ndez Acatecatl (San Juan)1568Juan Garc\u00eda Totoco (San Sebasti\u00e1n)Diego de Tovar (Santa Mar\u00eda)Funcionarios menores[editar]Alguaciles[editar]Eran los encargados del orden p\u00fablico, era una especie de polic\u00eda, su n\u00famero era normalmente de uno por barrio menor, pero este pod\u00eda incrementarse a voluntad del gobernador, quien los nombraba bajo su responsabilidad.[8]\u200bMayordomos[editar]Eran los encargados de organizar y realizar las actividades comunales, como las festividades religiosas o de tequio, eran nombrados por el gobernador bajo su entera responsabilidad.[8]\u200bEscribanos[editar]Su trabajo era realizar las actas, cartas, etc. Que permit\u00edan comunicar las decisiones u \u00f3rdenes del cabildo y el gobernador, este puesto era uno de los m\u00e1s exclusivo ya que necesitaba que la persona supiera escribir y leer, el nombramiento proven\u00eda del Gobernador.[8]\u200bMandones[editar]Eran personas encargadas de realizar actividades, dirigiendo a peque\u00f1os grupos de ind\u00edgenas, quienes as\u00ed pagaban en sangre sus deberes para la rep\u00fablica. Eran nombrados por cualquier funcionario de mayor categor\u00eda, pero sus acciones eran responsabilidad del Gobernador.[8]\u200bReferencias[editar]Bibliograf\u00eda[editar]Gibson, Charles (mayo de 1953). \u00abRotation of Alcaldes in the Indian Cabildo of Mexico City\u00bb. The Hispanic American Historical Review (The Hispanic American Historical Review, Vol. 33, No. 2) 33 (2): 212-223. doi:10.2307\/2509657.\u00a0Gibson, Charles (1983) [1964]. The Aztecs Under Spanish Rule: A History of the Indians of the Valley of Mexico, 1519\u20131810. Stanford: Stanford University Press. ISBN\u00a00-8047-0912-2. OCLC\u00a09359010.\u00a0Lockhart, James (1996) [1992]. The Nahuas After the Conquest: A Social and Cultural History of the Indians of Central Mexico, Sixteenth Through Eighteenth Centuries. Stanford: Stanford University Press. ISBN\u00a00-8047-2317-6. OCLC\u00a024283718.\u00a0V\u00e9ase tambi\u00e9n[editar]"},{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BreadcrumbList","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"item":{"@id":"https:\/\/wiki.edu.vn\/es\/wiki01\/#breadcrumbitem","name":"Enzyklop\u00e4die"}},{"@type":"ListItem","position":2,"item":{"@id":"https:\/\/wiki.edu.vn\/es\/wiki01\/2021\/03\/31\/ayuntamiento-de-san-juan-tenochtitlan\/#breadcrumbitem","name":"Ayuntamiento de San Juan Tenochtitlan"}}]}]